ARTICULO DE DEPORTACION

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EE.UU. de Inmigración y Aduanas (ICE)

EE.UU. de Inmigración y Aduanas (ICE) es responsable de la detención y expulsión de los no ciudadanos. Una de las prioridades de la agencia es la eliminación de los no ciudadanos en las cárceles y prisiones. ICE con la cooperación de agentes de la policía o de ley generalmente identifican a esos individuos para deportarlos haciéndoles preguntas y ejecutando diversos controles informáticos (por computadora). En muchos condados, los agentes de inmigración en cooperación con la policía local, entrevistan a los no ciudadanos acusados o en un juicio en las cárceles locales para determinar si pueden ser objeto de deportación o expulsión basándose en crímenes cometidos en el pasado o en la falta de estatus migratorio. Ellos están particularmente interesados en identificar a las personas que han sido previamente deportados o tienen una orden de deportación.

ICE debe emitir un documento comúnmente referido como “detenido” a una cárcel local o establecimiento penitenciario cuando se busca la custodia de una persona en esa instalación a efectos de iniciar un procedimiento de deportación. Una orden de detención puede ser colocada junto a un cliente sin estatus legal antes del juicio, porque la persona por lo general no tiene motivos para permanecer en los EE.UU., independientemente del resultado de la causa penal. Un cliente con estado legal de inmigración generalmente no es sujeto a una orden de detención de inmigración antes de la conclusión de la causa penal, a menos que él o ella tenga cargos penales antes del juicio o está sujeto por ese crimen a ser deportado o haya tenido una deportación. Las ordenes de detención también se presentan contra los no ciudadanos que cumplen penas de prisión de conformidad con la sentencia o pena dada.

Generalmente, una orden de detención de inmigración es una solicitud a una agencia del orden público local (cárcel local) para detener a un individuo por un máximo de 48 horas al menos que la persona sea puesta en libertad porque no hay meritos para estar detenida (sin incluir sábados, domingos y días festivos), a fin de proporcionarle a ICE la oportunidad de asumir la custodia de esa persona. El período de 48 horas comienza a correr desde que la persona ya no está sujeto a la detención por parte de la policía local, haya pagado una fianza para salir en libertad o ya ha cumplido la sentencia en dicha cárcel o prisión. Si el detenido se tiene que presentarse a juicio o pide fianza para salir en libertad durante el juicio, ICE debe asumir la custodia de él o ella. Si ICE no asume la custodia de la persona durante el período de 48 horas, el individuo debe ser liberado inmediatamente. La cárcel local o establecimiento penitenciario ya no tiene la autoridad para detener a una persona una vez que la detención ha terminado.

Una orden de detención de inmigración a menudo es presentada en contra de un cliente antes de que él o ella tenga la oportunidad de pagar la fianza. En estas circunstancias, si el paga la fianza, ICE tiene la autoridad para asumir la custodia inmediata de él o ella. Si ICE ejerce su autoridad y toma a su amigo o ser querido en custodia, él o ella puede ser enviada a una de las cárceles de inmigración en otro estado para comenzar el proceso de deportación.

La persona puede ser elegible para pagar una fianza mientras está en proceso de deportación.

Estos procedimientos pueden durar mucho tiempo y si usted es capaz de pagar la fianza, es muy recomendable. Muchos clientes con antecedentes penales, sin embargo, no son elegibles para libertad bajo fianza de inmigración y por lo tanto serán detenidos a la espera de un proceso de deportación.

Una vez que el individuo ha sido transferido a la custodia del ICE se le da un número de identificación o un numero de extranjero que empieza con la letra “A” (un número de seguimiento). También se le permitirá realizar llamadas de teléfono y puede ser elegible para una visita familiar.